El proyecto denominado Inocencia Fiscal II enviado al Congreso por los alfiles de La Libertad Avanza abrió un intenso debate entre tributaristas, juristas y excandidatos del área de control arancelario. En las últimas horas, un reconocido exjefe de Aduana cuestionó severamente la formulación del proyecto de ley, tildándolo como un instrumento impositivo defectuoso que fomenta la inequidad y abre fisuras de vulnerabilidad procesal ante el control del comercio exterior y las arcas del fisco.
De acuerdo con la crítica técnica planteada, el proyecto fiscal oficialista busca flexibilizar de manera extraordinaria las penalidades pecuniarias y penales para aquellos contribuyentes que omitieron declarar saldos bancarios y activos en el exterior. La iniciativa sostiene la tesis libertaria de que la presión fiscal argentina ha sido históricamente confiscatoria y que el Estado carece de legitimidad para perseguir la libre acumulación de capitales. Sin embargo, los técnicos aseguran que eximir de tributos a inconsistencias no registradas perjudica a los contribuyentes que sostienen la recaudación.
Desde el ámbito de las finanzas públicas, diversos análisis alertan que esta amnistía de origen informal atenta contra la estabilidad de los tributos de la recaudación aduanera y nacional. Al desarticular las sanciones por falta de declaración impositiva o maniobras de subfacturación de exportaciones, se corre el riesgo de desincentivar el cumplimiento voluntario de los tributos ordinarios. Los críticos fundamentan que las arcas públicas sufrirán la pérdida de ingresos genuinos, incentivando un comportamiento especulativo en las maniobras fiscales futuras.
Por el contrario, los voceros parlamentarios de la bancada libertaria insisten en que el proyecto es una pieza indispensable del shock de desregulación para formalizar recursos retenidos. Según argumentan, la entrada masiva de divisas al circuito legal financiará proyectos productivos y potenciará la dinamización de los mercados de crédito formal. En el edificio de la AFIP-ARCA defienden el principio de buena fe fiscal para reactivar las transacciones sin el acoso persecutorio de inspectores estatales.
La discusión en torno a la Inocencia Fiscal II trasciende la contabilidad de la recaudación para posicionarse en la moral tributaria de la sociedad. ¿Representa esta medida una vía justa para liberar el capital privado o es una concesión riesgosa que erosiona los ingresos del Estado?