El Senado de la Nación reactivó el análisis de modificaciones estructurales a la Ley Nacional de Salud Mental (26.657), sancionada en 2010. La iniciativa responde a la insistente demanda de familiares de personas con consumos problemáticos y patologías psiquiátricas agudas, quienes consideran que los impedimentos judiciales y los protocolos actuales desamparan a los pacientes en situaciones de riesgo inminente para sí mismos o para terceros.
El núcleo de la discusión se concentra en flexibilizar los requisitos para dictar internaciones involuntarias de urgencia. Bajo el régimen vigente, la intervención médica involuntaria exige un dictamen pericial interdisciplinario de altísima complejidad y el visto bueno de la Justicia, lo que en la práctica deriva en demoras burocráticas fatales cuando el sujeto se encuentra descompensado o bajo los efectos de sustancias psicoactivas.
Colegios de psicólogos y referentes de derechos humanos expresaron su desacuerdo con la iniciativa, advirtiendo sobre el riesgo de retroceder hacia un modelo asilar o punitivo que margine a los usuarios del sistema de salud. Alegan que las fallas actuales no obedecen a la letra de la ley, sino a la falta crónica de inversión presupuestaria en dispositivos comunitarios, centros de día y hospitales generales preparados para la contención integral.
Por el contrario, asociaciones de madres y organizaciones médicas psiquiátricas aseguran que la normativa actual pecó de un enfoque ideológico alejado de la realidad de los barrios vulnerables, donde el narcotráfico destruye redes familiares y la red pública carece de camas de desintoxicación. La propuesta senatorial busca dotar a los profesionales de herramientas expeditivas para intervenir ante crisis severas sin criminalizar al enfermo.
El tratamiento en el recinto obligará a los bloques parlamentarios a trazar una línea muy delgada entre la autonomía individual y la obligación estatal de tutela sanitaria. ¿Lograrán los legisladores brindar respuestas efectivas a las familias desbordadas sin vulnerar las garantías fundamentales de los pacientes?