El Banco Central de la República Argentina oficializó una nueva normativa financiera que transforma los mecanismos de cobro de deudas para préstamos personales y cuotas de financiamiento. A partir de la puesta en vigencia de esta disposición, tanto las entidades bancarias tradicionales como las billeteras virtuales autorizadas podrán debitar automáticamente de los saldos disponibles en las cuentas corrientes o cajas de ahorro de los usuarios los montos correspondientes a acreencias impagas vencidas.

La medida apunta a reducir la mora persistente en las líneas de crédito al consumo y fortalecer la certeza del recupero para las entidades financieras. Hasta esta modificación, cuando un cliente incurría en morosidad, los bancos debían llevar a cabo trámites judiciales o reclamos extrajudiciales prolongados para lograr la retención de los fondos. Ahora, los contratos de crédito podrán incluir cláusulas de débito directo automático ante el primer incumplimiento registrado.

Las asociaciones de protección al consumidor y diversos abogados constitucionalistas manifestaron su profunda inquietud ante los alcances de esta reglamentación. Argumentan que el débito irrestricto de saldos puede afectar el mínimo vital e inembargable de trabajadores y jubilados, dejando a los usuarios sin liquidez diaria para afrontar gastos elementales de subsistencia antes de que puedan ejercer su derecho a réplica o reclamo.

💬 Punto de debate

Por el contrario, desde las fintech y el sector bancario destacan que la norma bajará la tasa del riesgo crediticio y fomentará una reducción gradual de las tasas de interés ofertadas al público general. La automatización del cobro de deudas introduce un cambio radical en la relación entre el sistema financiero y los consumidores. ¿Constituye este cobro automático un incentivo al crédito formal o representa un riesgo de desamparo para los deudores bancarios?